Bogotá D.C., 19 de diciembre de 2025. La Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (ACEMI) presenta una síntesis de sus comentarios a los documentos de contraste elaborados por la ADRES sobre (i) prestación de servicios a personas reportadas como fallecidas y (ii) registros de medicamentos reportados en la base de suficiencia frente a otras fuentes. Estos ejercicios inciden en el debate técnico y público sobre la suficiencia de la financiación y el ajuste de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para 2026.
ACEMI reconoce la importancia de fortalecer la calidad, trazabilidad y análisis de datos del sector. Sin embargo, dada la sensibilidad de la información y su potencial impacto reputacional, solicita que los contrastes se realicen con metodologías transparentes y replicables, y con garantías de debido proceso antes de cualquier difusión pública.
En este sentido, destacamos los siguientes elementos de análisis luego de realizar la revisión técnica de los informes publicados por la ADRES:
Metodología y debido proceso: antes de publicar resultados, la ADRES debe requerir oficialmente a los actores involucrados para permitir la validación, justificación o corrección de inconsistencias. Ello evita interpretaciones erróneas y protege la confianza institucional.
Contraste de fallecidos: las EPS agremiadas revisaron los casos y remitieron soportes al Ministerio de Salud y a la Procuraduría. En numerosos registros, las aparentes inconsistencias se explican por rezagos en la actualización del estado vital, facturación mensual vencida, cierres administrativos posteriores (p. ej., hospitalizaciones), dispensaciones domiciliarias por periodos, modelos de pago prospectivo y cruces errados por duplicidad de tipo de documento. Cuando se configura una desafiliación extemporánea por fallecimiento, procede la restitución de la prima de riesgo a la ADRES.
Protección de información: preocupa la posible divulgación en acceso abierto de bases o tableros con datos de identificación, diagnósticos, servicios, IPS/EPS y costos. La historia clínica es reservada y su custodia exige medidas estrictas de seguridad, integridad y confidencialidad.
Medicamentos: el aumento de cantidades y valores entre 2022 y 2023 se asocia, en buena medida, a ampliaciones del Plan de Beneficios en Salud (PBS) y a cambios regulatorios que trasladaron tecnologías a financiación con UPC. Los cruces deben homologar unidades de facturación y presentaciones para evitar conclusiones distorsionadas.
Registros sanitarios, SISMED y precios máximos: las diferencias entre bases pueden obedecer a desfases compra-dispensación, estructuras de reporte distintas y responsabilidades de reporte de ventas primarias en SISMED. Asimismo, no es metodológicamente adecuado evaluar toda la vigencia 2022 con la Circular 13 de 2022; deben considerarse vigencias normativas y márgenes/logística permitidos.
ACEMI reitera su disposición a un diálogo técnico con la ADRES y el Ministerio de Salud, y solicita que se facilite el acceso a información anonimizada para mejorar la calidad de los análisis. Las decisiones sobre la UPC deben sustentarse en evidencia robusta y procesos garantistas que fortalezcan la transparencia y la sostenibilidad del sistema.
Oficina de Comunicaciones – ACEMI
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